La Audiencia Nacional nos quita el derecho a conocer la distribución de la productividad en el FEGA

Nos han hecho entrega de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (sección primera), de diecisiete de enero de dos mil catorce, en la que estimando el recurso de apelación interpuesto por el ABOGADO DEL ESTADO se anula la Sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo núm. 7 de 19 de julio de 2013, por la que se estimó nuestro recurso en el que se solicitó se hicieran públicas las cantidades que en concepto de productividad se repartían en el FEGA.

La sentencia de la Audiencia Nacional, que no compartimos, al iguan que numerosa jurisprudencia contraria, no es susceptible de recurso, por lo que de momento y hasta que se pronuncie el Tribunal Supremo, o cambie la legislación,  la Administración podría seguir practicando con absoluta opacidad, arbitrarios repartos del dinero público según criterio discreccional del politico de turno que nombrado a dedo, premie o castigue a los funcionarios a su cargo.

Desde nuestro sindicato y desde esta sección sindical  seguiremos luchando y denunciando aquellas situaciones que como esta, contribuyen al deterioro de una función pública, en la que la gestión de los recursos públicos se convierte en el asunto privado de unos pocos, a los que se les pone en su mano la perversa herramienta para que se prime el amiguismo y el pasilleo por encima de la profesionalidad, independencia  y objetividad del empleado público.

PRODUCTIVIDAD "OBJETIVOS DICIEMBRE DE 2013". CONSOLIDANDO LA DESIGUALDAD



Un año mas, en el mes de diciembre se produce el reparto de las cantidades que en concepto de productividad o gratificaciones extraordinarias que forma parte de la masa salarial no se han repartido durante el resto del año y que hay que distribuir para agotar el presupuesto.

Una vez mas y con las prevenciones lógicas por desconocer la totalidad del reparto (siguen ocultándonoslo)  se demuestra que en lineas generales, el reparto que de dichas cantidades se ha efectuado, no responde a otros criterios que no sean el nivel del puesto de trabajo que se ocupa, o dicho de otro modo: cuanto mas cobras habitualmente, mas vas a cobrar por este concepto. 

Los datos cantan:


La sentencia del juzgado central obliga al FEGA a facilitarnos los listados de productividad y gratificaciones


En el día de ayer nos comunicaron la sentencia nº 211/2013 de diecinueve de julio del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 7 que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por nuestro sindicato contra la resoluciones del Presidente del FEGA, de 31 de enero de 2013 y de 29 de diciembre de 2011, en las que se nos denegaba la información sobre las cantidades que perciben los funcionarios del organismo en concepto de productividad y gratificaciones extraordinarias.

La sentencia, que no es firme ya que cabe contra la misma recurso de apelación, declara que dichas resoluciones no son conformes a derecho, por lo que las anula y condena al organismo a facilitar a esta sección sindical la información solicitada, imponiendo además al organismo las costas procesales causadas.


Lo inevitable: Hemos presentado demanda contra el FEGA



Como no podía ser de otra manera, nos hemos visto obligados a demandar al FEGA al objeto de que sea un juez quien le requiera al Sr. Presidente para que, de conformidad con lo que señala  la legislación vigente, ponga en conocimiento de los funcionarios del FEGA sus representantes sindicales  las cantidades que en concepto de productividad  y gratificaciones extraordinarias viene repartiendo a su criterio


Del resultado del procedimiento os iremos informando.
Demanda contenciosa
Registro de Entrada

REMEROS


Cuentan los más veteranos que, hace pocos años, se celebró una competición de remo entre dos equipos de empresas del mismo ramo, una japonesa y la otra española.

Tras dar la salida los remeros japoneses imprimieron un fuerte ritmo, empezando a destacarse claramente de los remeros españoles. En la meta, la ventaja del equipo oriental acabó siendo de una hora.

La dirección de la empresa española se reunió entonces para analizar las causas de tan bochornosa actuación, llegando a la siguiente conclusión:
"Se ha podido observar que en el equipo japonés había un jefe de equipo y diez remeros, mientras que en el nuestro había un remero y diez jefes de equipo, por lo que el año próximo se adoptarán las medidas adecuadas."

Resolución del Recurso: nos deniegan los listados


Como era de esperar,  y tras recordar que hacía un año ya, que se interpuso recurso contra la decisión de seguir ocultando a los funcionarios del FEGA las cantidades que en concepto de productividad y gratificaciones se vienen repartiendo periódicamente a libre criterio de quien corresponda, se nos ha dado traslado de la  Resolución del presidente del FEGA de 31/01/2013, desestimando el recurso interpuesto por el delegado de nuestra sección sindical.
Entendiendo que tanto la ley como la justicia nos asiste, en esta sección sindical hemos decidido continuar nuestra demanda y elevar la petición mediante la interposición del oportuno recurso contencioso administrativo, de cuyo resultado os informaremos y mientras tanto, seguiremos sin conocer como se reparte el MILLÓN CIENTO CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA EUROS (1.142.890.- €) que como incentivos al rendimiento del personal funcionario aparece en el presupuesto del FEGA

Hace un año ya ...

Por estas fechas hace un año ya, que presentamos recurso, contra la decisión de nuestro presidente de no darnos traslado  de las cantidades que en concepto de productividad y gratificaciones se reparten en el FEGA.

Como seguimos pensando lo mismo que hace un año hemos reiterado nuestra petición de a ver que nos contestan ......

RECURSO

RECURSO DE ALZADA


Como os habíamos comentado hemos presentado Recurso de alzada contra la decisión de no publicar los listados de productividad.


CONTESTACIÓN A LA SOLICITUD DE LISTADOS DE PRODUCTIVIDAD




La pasada semana, el Presidente del FEGA nos remitió escrito  en el que nos decía que el “FEGA comunica los datos de la productividad a las centrales sindicales que tienen representación en la Mesa General de Negociación de la Administración General de la Administración del Estado (MGNAGE), tal como lo establece la instrucción de la Subsecretaria de Medio Ambiente y Rural y Marino de 16 de junio del 2011” 
….
"Este asunto fue tratado en numerosas del Grupo de Trabajo sobre productividad de la Mesa Delegada de la MGNAGE, y del que su sindicato no forma parte, al no haber obtenido en las ultimas elecciones sindicales al menos el 15% del total de votos emitidos por los trabajadores en el Departamento y en sus Organismos Autónomos y, exigidos para formar parte de la citada Mesa de Negociación. Y, fue en las dos últimas reuniones (12 de mayo y el 2 de junio del presente año), en las que la Mesa adoptó el acuerdo de entregarse a los representantes de los trabajadores, bajo ciertas reglas.” 

No obstante, lo acordado por los sindicatos que forman parte de la Mesa Delgada en el Ministerio y la Administración, entendemos que la publicidad de dichas cantidades es una obligación legal contenida en el art. 23.3), último párrafo, de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (en vigor):

"En todo caso, las cantidades que perciba cada funcionario público por este concepto serán de conocimiento público de los demás funcionarios del Departamento u Organismo interesado..."

Por eso, vamos a interponer los recursos administrativos y judiciales que fueren menester y de cuya tramitación os iremos informando.